No tienes derecho a verle las tetas a Jennifer Lawrence. No, si ella no quiere. Pero ella sí tiene derecho a desnudarse, a hacerse fotos desnudas y a compartiras con quien ella quiera. Las personas a las que la actriz ha cedido las fotos no tienen derecho a hacerlas públicas sin el consentimiento expreso de la actriz.
El derecho a la intimidad se vincula a la esfera más reservada de las personas, al ámbito que éstas siempre preservan de las miradas ajenas, aquél que desea mantenerse oculto a los demás por pertenecer a su esfera más privada (SSTC 151/1997, de 29 de septiembre), vinculada con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad (art. 10.1 CE). De esta forma el derecho a un núcleo inaccesible de intimidad se reconoce incluso a las personas más expuestas al público (STC 134/1999, de 15 de julio). La intimidad, de acuerdo con el propio precepto constitucional, se reconoce no sólo al individuo aisladamente considerado, sino también al núcleo familiar (SSTC 197/1991, de 17 de octubre o 231/1988, de 2 de diciembre).
¿Te parece una ingenua por haberse hecho esas fotos? ¿Te parece una guarra? Pues tu opinión no cuenta por una simple razón. Ella no ha cometido un delito, el que roba, difunde y comparte las fotos sí. Así que dejad de retuitear tanto que estáis compartiendo fotos robadas pertenecientes a la intimidad de una persona. Porque Jennifer Lawrence, es actriz, es una estrella, pero también es una persona y como tal tiene una serie de derechos, entre ellos el del honor, la propia imagen y la intimidad.
Tendrán la consideración de intromisiones ilegítimas en el ámbito de protección delimitado por el artículo segundo de esta Ley:
1. El emplazamiento en cualquier lugar de aparatos de escucha, de filmación, de dispositivos ópticos o de cualquier otro medio apto para grabar o reproducir la vida íntima de las personas.
2. La utilización de aparatos de escucha, dispositivos ópticos, o de cualquier otro medio para el conocimiento de la vida íntima de las personas o de manifestaciones o cartas privadas no destinadas a quien haga uso de tales medios, así como su grabación, registro o reproducción.
3. La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.
4. La revelación de datos privados de una persona o familia conocidos a través de la actividad profesional u oficial de quien los revela.
5. La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo octavo, dos.
6. La utilización del nombre, de la voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga.
7. La imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
8. La utilización del delito por el condenado en sentencia penal firme para conseguir notoriedad pública u obtener provecho económico, o la divulgación de datos falsos sobre los hechos delictivos, cuando ello suponga el menoscabo de la dignidad de las víctimas.
Dicho esto algunos dirán aquello de que “es que es famosa”, pero el derecho a la propia imagen no permite que se tomen fotografías de personajes públicos mientras no sea en actos o lugares públicos. Pero en este caso en especial, las fotos son de desnudos hechos en la intimidad y algunas en su propia casa. Y no, no tienes derecho a verlas, ni tienen derecho a robarlas, ni a difundirlas, ni a publicarlas. Y no lo digo yo, lo dice el Tribunal Constitucional.
El hecho de que estas actrices hayan posado en alfombras roja, posado para revistas con vestidos de lujo o protagonizado películas no quiere decir que podamos colarnos en sus casas y en sus móviles para ver sus intimidades. Y ya sé uno especialmente me va a decir demagoga pero no.
Personalmente me jode haber estudiado la carrera de Periodismo, haber aprendido lo que se debe hacer y que la prensa esté en esta situación de sensacionalismo eterno. Porque la gente de la calle y la gente de twitter están metiendo la pata diciendo muchas burradas como “eso le pasa por guarra”, “se lo merece”, “por ingenua” pero que los medios colaboren mostrando las fotos me parece muchísimo peor. Será que he sido demasiado influenciada por Sorkin y creo que los medios deben enseñar a los ciudadanos y hasta protegerlos. La culpa de Sorkin, sin duda, y de mi profesora de Derecho a la información.
A ver si salimos ya del “es que se visten como putas” y nos damos cuenta de que el problema es que las miramos como a putas. Coño.
— Javi Dale (@Javier_Dale) agosto 31, 2014
Insultar a la víctima con guarra, tonta, ingenua, eso le pasa por famosa…A mí me suena casi igual a decir aquello de “es normal que se pasen con ella ¿no ves cómo va vestida?” y mira no. Si es una guarra, tonta o ingenua no da derecho a que la vea todo el mundo en bolas por muy guarra, tonta e ingenua que te parezca. Porque muchos insultos y opiniones en contra de estas actrices he leído y pocos “hijo de puta, cabrón, desgraciado” al que ha robado las fotos. Al que ha cometido el delito.
La culpa es de ella por subir las fotos. No, mejor. Es de ella por hacerse las fotos. No, mejor todavía: por ser guapa y tener tetas
— The Lost Dreamer (@thelostdreamer) agosto 31, 2014
Y esto no tiene nada que ver con el sexo, porque anoche me decían “¿y si fuese James McAvoy?” Pues mira yo a James lo quiero mucho, pero no tengo ningún interés en verle en bolas y menos si es sin su consentimiento. Y si esto le pasara al McAvoy pues me molestaría igualmente y me indignaría de la misma manera, porque la intimidad es para todos igual.
Yo no puedo decir mucho más que ya no hayan dicho otro así que os dejo con lo que han opinado TheLostDreamer y Stefanie Williams sobre esto de culpabilizar la sexualidad de las mujeres.